El Colegio de Abogados de la Capital descartó la denuncia de transgresión a la ética profesional interpuesta en julio de 2017 por Roxana Teves contra los letrados Edmundo Javier Jiménez y Ana Lucía Jiménez, hijos del ministro público fiscal Edmundo Jiménez, y de Alfredo Falú. Los integrantes del Consejo Directivo resolvieron que había transcurrido “con creces” el plazo para esclarecer los hechos previsto en la ley a partir del dictamen elaborado por el vocal suplente Ignacio Chasco Olazábal y el prosecretario Pablo Cifre. Los términos de este procedimiento disciplinario habían sido reactivados en octubre por los propios consejeros luego de que, en medio de las tensiones que generó la denuncia del juez Enrique Pedicone contra el vocal Daniel Leiva, Teves exigiera una decisión al Colegio. Lo mismo había hecho por su cuenta Falú, quien presentó un pedido de destitución contra Pedicone en trámite en la Legislatura.
La denunciante acudió a la entidad intermedia luego de que en 2015 esa misma institución expusiera la existencia de “un supuesto patrón extorsivo” en la Justicia penal, y citara como ejemplos los casos “Teves”, “Albarracín”, “Valdez” y “Rigourd”. Tras esta acusación, que nunca fue esclarecida, el ex fiscal Guillermo Herrera renunció para acogerse a la jubilación con el 82% móvil. Teves, quien reclamaba un juicio oral y terminó sobreseída de oficio por el juez Juan Francisco Pisa, insiste en que es víctima de un grupo de abogados, jueces y fiscales comandados por el ministro público fiscal Jiménez, y que la encarcelaron junto a familiares para despojarla de sus bienes. Ninguna de sus causas prosperaron en los Tribunales locales. Y ahora también se le cerraron las puertas del Colegio.
“Esta comisión de Ejercicio de la Profesión estima que transcurrió con creces el plazo establecido en el artículo 38 de la Ley 5.233 y que está prescripta la acción. Asimismo, las denuncias contra los letrados Ana Lucía Jiménez, Edmundo Javier Jiménez y Falú resultan inadmisibles por no haberse acreditado ninguno de los extremos invocados en la acusación. Por todo ello, se aconseja el archivo de las actuaciones”, opinaron Chasco Olazábal y Cifre.
El dictamen indica que Teves no pudo probar las faltas de ética que había imputado. “Analizadas las actuaciones, en especial los supuestos hechos generadores de responsabilidad disciplinaria, hemos constatado en los 10 cuerpos que no hay prueba alguna que acredite connivencia entre los abogados que actuaron por las diferentes partes. A ello se suma que en el ejercicio profesional los abogados deben buscar la solución de los conflictos”, dijeron Chasco Olazábal y Cifre. En otro tramo de su informe incluso subrayaron “la diligencia de la actuación profesional” de Falú que permitió obtener el cese de prisión para Teves y sus parientes “en 10 días hábiles”. Marcelo Billone, presidente del Colegio, confirmó ayer que los consejeros habían aprobado por unanimidad el cierre del proceso.
Teves advirtió que no se dará por vencida y este lunes impugnó el dictamen. En el escrito que presentó en el Colegio de Abogados dijo que la opinión de Cifre y de Chasco Olazábal carecía de motivación. “No realizan una exposición clara, precisa y circunstanciada de los hechos que generaron el expediente, y lo tratan como un número: 10 cuerpos”, reprochó. Y añadió que no habían valorado que el Consejo Directivo presidido por Francisco García Posse había ordenado una veeduría a Bernardo Lobo Bugeau que determinó que extrajeron fondos de sus cuentas mientras estuvo detenida por pedido de Herrera. “Deliberadamente han omitido mencionar y considerar que en marzo de 2018 la gestión de Billone dispuso la suspensión de los plazos hasta que los hechos investigados reciban una sentencia penal definitiva. Las autoridades del Colegio no pueden desconocer sus propios actos”, observó. Y agregó que la prescripción de los actos de corrupción estaba suspendida tanto para los funcionarios públicos, mientras continuaban en sus cargos, como para sus cómplices.
Juicio a las fiscalías
El Colegio de Abogados de la Capital presentó un amparo contra el Ministerio Público Fiscal que dirige Alejandro Noguera por la licencia del titular, Edmundo Jiménez. Con el patrocinio del letrado Víctor Taleb, el vicepresidente Carlos Casal y el prosecretario Pablo Cifre pidieron a la Cámara en lo Contencioso Administrativo que ordene a las fiscalías “cesar en las conductas que lesionen derechos constitucionales de los abogados litigantes de la provincia y activen medidas para garantizar el libre ejercicio profesional”. La demanda cuestiona, entre otros aspectos, la falta de publicidad de las resoluciones del jefe de los fiscales; los déficits de digitalización y las dificultades para acceder a las actuaciones, en especial las tramitadas con el antiguo Código Procesal Penal. “El régimen conclusional ha fallado y ello sólo es imputable al Ministerio demandado”, asegura. Y agrega que los desmedros afectan el debido proceso legal y el derecho de defensa.